AYUDAS PARA LA INVERSIÓN, MEJORA Y DIGITALIZACIÓN DEL PEQUEÑO COMERCIO

El Gobierno de Aragón publica la ORDEN PEJ/695/2026, de 29 de abril, por la que se convocan ayudas con destino a la inversión y mejora, así como a la digitalización del pequeño comercio.

GASTOS SUBVENCIONABLES

  • Obras de adecuación y equipamiento para la accesibilidad universal, o la supresión de barreras para personas con discapacidad.
  • Mejoras y equipamiento de escaparates.
  • Rótulos, toldos y marquesinas exteriores.
  • Equipamiento destinado a la sala de ventas: mobiliario de exposición, cámaras frigoríficas, y balanzas o TPVs.
  • Adecuación de puertas de acceso, para que permanezcan cerradas bien por medios mecánicos o electrónicos.
  • Inversiones en la transformación digital del establecimiento comercial para mejorar la gestión interna del negocio, o para incorporar o mejorar la venta a través de canales digitales que fomenten la omnicanalidad y mejoren la experiencia de compra de los clientes.
  • Inversiones en la conectividad mediante enrutador satelital.
  • Adquisición de herramientas tecnológicas para la realización de diagnósticos sobre la viabilidad del negocio, su potencial transmisión o relevo generacional.
  • Inversiones en seguridad del espacio de venta.

BENEFICIARIOS

  • La actividad principal desarrollada en el establecimiento deberá quedar dentro de alguno de los siguientes epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas: 641, 642, 643, 644, 645, 647.1, 647.2, 647.3, 647.4, 651, 652.2, 652.3, 652.4, 653, 654.1, 657, 659, 661.3 y 662.2.
  • Quedan excluidas:
    • Las empresas que pertenecen a grandes empresas de distribución.
    • Las empresas dedicadas a actividades sujetas a una reglamentación o normas sectoriales específicas, que quedan fuera del ámbito de aplicación de la Ley 4/2015, de 25 de marzo, de Comercio de Aragón, citadas en su artículo 2, apartado 3.
    • Los establecimientos no permanentes o los dedicados total o parcialmente a la prestación de servicios, salvo que acrediten fehacientemente que su actividad principal es la comercial en la venta de bienes integrados en alguno de los epígrafes previstos en la convocatoria.
    • Los establecimientos en liquidación por cesación total o parcial de la actividad comercial.

CUANTIA

  • La cuantía total prevista para esta convocatoria es de cuatrocientos cincuenta mil setecientos cuarenta euros (450.740,00 €) de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2026.
  • Dentro del crédito disponible la cuantía máxima individualizada de la subvención por beneficiario será de hasta el 80% de las inversiones subvencionables, con un presupuesto máximo subvencionable de 6.000 euros, por establecimiento comercial.

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

  • El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria, en el “Boletín Oficial de Aragón”.
  • Tramitación solicitudes: ENLACE
  • Se presentará una única solicitud por establecimiento comercial. En el supuesto de beneficiarios con varios establecimientos, deberán solicitarse cada uno de ellos de manera independiente, hasta un máximo de tres establecimientos por solicitante

AYUDAS PEQUEÑOS COMERCIOS

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