06 May CONVOCATORIA 2022 DE SUBVENCIONES PARA COOPERATIVAS Y SOCIEDADES LABORALES
Publicada la ORDEN EPE/536/2022, de 20 de abril, por la que se convocan para el año 2022 las subvenciones reguladas en la ORDEN EIE/607/2016, de 6 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la creación y consolidación del empleo y mejora de la competitividad en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales.
ENTIDADES BENEFICIARIAS:
- Cooperativas de trabajo asociado y las sociedades laborales que desarrollen su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:
- Incorporación de socios trabajadores a cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales.
- La adquisición de inmovilizado que contribuya a la creación, consolidación o mejora del empleo y de la competitividad de cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales.
- Prestación de asistencia técnica.
PERIODO EJECUTABLE:
Todos aquellos supuestos subvencionables previstos en el Capítulo II de la Orden EIE/607/2016, de 6 de junio, que se efectúen en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón días 1 de octubre de 2021 y 30 de septiembre de 2022, ambos inclusive.
PLAZOS DE SOLICITUD:
- Incorporación de socios trabajadores: un mes contado desde la fecha de alta en Seguridad Social o, cuando se trate de trabajadores vinculados a la empresa por contrato de trabajo o relación de carácter temporal, desde la fecha de su incorporación como socio trabajador con carácter indefinido.
- Financiera: un mes a contar desde la concesión del préstamo, salvo que se hubiese formalizado con anterioridad al inicio de la actividad, en cuyo caso se solicitará en el plazo de un mes desde el inicio de la actividad.
- Directa para inversiones, sin perjuicio del límite establecido en el apartado 8 del artículo 11 de las bases reguladoras, en lo que se refiere a la validez de las facturas o documentos justificativos:
- A lo largo de los tres primeros años de actividad para los supuestos de empresas de nueva creación.
- En el plazo de un mes desde la incorporación de los nuevos socios trabajadores.
- Asistencia técnica por contratación de director o gerente: un mes a contar desde la fecha de dicha contratación.
- Asistencia técnica por contratación de estudios, informes o asesoramiento: en cualquier momento a lo largo de la vigencia de la convocatoria correspondiente, sin perjuicio del límite establecido en el apartado 8 del artículo 11 de las bases reguladoras, en lo que se refiere a la validez de las facturas o documentos justificativos.
- Para aquellos supuestos en que el plazo de solicitud hubiese vencido entre el 1 de octubre de 2021 y el día de entrada en vigor de la presente convocatoria, se podrán solicitar las correspondientes subvenciones en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”.
FORMA DE PRESENTACIÓN:
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios telemáticos conforme al modelo específico que se genera por la herramienta de TRAMITADOR ONLINE o incluyendo en el buscador de trámites el procedimiento número 230 “Subvenciones para la creación y consolidación del empleo en cooperativas y sociedades laborales”.
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